lunes, 8 de junio de 2015

AUTOCONSUMO ¿ES POSIBLE? ¿PODEMOS?

¿Cómo podemos asegurarnos que cumplimos la legislación en autoconsumo?

Para que nuestra instalación fotovoltaica cumpla con esta legislación española se deben reunir tres requisitos:
• Que no se inyecte electricidad generada a la red de distribución eléctrica,
• Que se cumpla la normativa europea “anti-islanding” que no permite que un generador autónomo suministre electricidad si no hay suministro de la red de distribución eléctrica.
• Que se cumplan las normas de seguridad vigentes
Vemos pues que la clave más importante es cumplir con la no inyección a la red de distribución y la normativa “anti-islanding”, todo ello se consigue gracias los Kits de Control Dinámico de Potencia .


El marco legislativo actual para instalaciones de autoconsumo instantáneo, permite realizar inversiones que se amortizan en un plazo razonable, y permiten tener un suministro eléctrico más barato y eficiente. Para ello hay que cumplir la normativa vigente y siempre es adecuado realizarlo mediante un estudio técnico adecuado. En situaciones en las que el mercado financiero tradicional no está receptivo, la financiación mediante empresas afines es viable y muy útil.